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Crisis de confianza en la justicia

Luis Lerga Gonzálbez

Nos habla de la desconfianza que arranca de algo más sutil: las condiciones objetivas y subjetivas en que se desenvuelven los jueces, que condicionan sus decisiones.

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Luis Lerga Gonzálbez, “Crisis de confianza en la justicia,” accessed November 22, 2024, http://repositorio.fundacionunir.net/items/show/2370.

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Title

Crisis de confianza en la justicia

Subject

Para entender España

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Nos habla de la desconfianza que arranca de algo más sutil: las condiciones objetivas y subjetivas en que se desenvuelven los jueces, que condicionan sus decisiones.

Creator

Luis Lerga Gonzálbez

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Nueva Revista 025 de Política, Cultura y Arte, ISSN: 1130-0426

Publisher

Difusiones y Promociones Editoriales, S.L.

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Nueva Revista de Política, Cultura y Arte, All rights reserved

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es

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CRISIS DE CONFIANZA EN LA JUSTICIA Por Luis Lerga Gonzátbez Cuando hace días un joven letrado me S difícilmente comprensible que visitaba para tratar de ponerme de acuerdo una creciente judicialización de con él, con objeto de obtener «los mejores la sociedad española, fenómeno resultados» para nuestros clientes, en unas actual innegable, coincida con Diligencias Penales, sugiriéndome que los momentos más bajos de conEhabláramos con el fiscal para conseguir que fianza que los ciudadanos tengan en las solurebajase en su calificación definitiva acusatociones de sus problemas planteados ante los ria el cuantum de las penas, ofreciéndole Tribunales. Sin embargo, es un hecho evidencomo contrapartida la aceptación de su verte. sión de hechos, donde se imputaba una conComo lo es que tal falta alcance a la Admiducta delictiva a nuestro defendido que nistración de Justicia globalmente, más que a naturalmente rechacé de plano, pese a lo cual defectos o características concretas de determe consta que intentó pactar en tai sentido minados órganos suyos, contrariamente a con el Público, desoyendo mi opinión, como tradicional y casi permanemementepensé que algo muy grave estaba ocurriendo I se venía observando al referirse negativaen la Administración de Justicia. Incomprenmente a ciertas actitudes o decisiones judia desconfianza sible para los de mi generación, que si criticiales. arranca de algo máB sutil: cábamos como Hamlet en su monólogo de La misma globalidad, en sentido opuesto, las condiciones objetivas y «ser o no ser» ta lentitud con que actuaba a incluye a sectores que, como los propios proveces, o las rarezas personalísi mas de algusubjetivas en que se fesionales del derecho, se mantenían al marnos de sus miembros, nunca dejábamos de gen de tal escepticismo. Es un lugar casi desenvuelven los jueces, que esperar que en último término la Justicia se común, entre éstos, mostrar su inseguridad o condicionan sus decisiones impondría. Ahora, tal convicción a escala perplejidad ante el resuitado que esperan o general no es aventurado concluir que no han alcanzado en un proceso, sobre todo en el existe. ámbito penal. Y lo más sorprendente es que se produzca cuando algunos de sus defectos seculares, reiteradamente denunciados a todos los niveOrigen les como el de las «astillas», lejanía de las sedes de los Juzgados de donde ocurren ios No es fácil responder a la pregunta sobre hechos, etc., se han corregido sustancialel origen de ese escepticismo, ni posible simmente. Y cuando los jueces, al tener mayor plificarlo en las carencias de medios humacontacto con la sociedad, se muestran abiernos y materiales. Incluso podría concluirse tos e identificados con sus inquietudes y proque éstos, habiéndose multiplicado con resblemas. Ya no es posible concebirles, distanpecto al pasado, no tienen apenas relación tes, adustos y utilizando términos sacracon el fenómeno apuntado. Conviene hacer lizados o ininteligibles en ¡as resoluciones. un estudio más profundo, para detectar otra Pese a ello, sería negar la evidencia afirmar serie de factores nuevos que han influido que el ciudadano medio siga teniendo el misdecisivamente en esa situación. mo concepto de eficacia e incomiptibilidad Y más grave todavía es que provocaran pro* tongadas ovaciones de los diputados y senadores. La irresponsabilidad y el cáncer en la credibilidad quedaba así entronizada en los más altos órganos rectores de la patria. El Jurado Dando un paso más. al ofrecer como panacea de soluciones ia intervención del Jurado, sin hablar para nada de garantías, límites, ni de otras condiciones de su actuación, se minaba indirecta, pero intencionadamente, aún más la confianza en los jueces, aunque no se cuestionara su dedicación y honestidad. Cierto que, por elogiable sentido de responsabilidad, no ha entrado aún en vigor el mandato constitucional que lo consagra, en tanto suponemos no se llegue a un estudio y regulación legal riguroso de cómo hayan de actuar y ser nombrados sus componentes, etc. Pero el planteamiento de la ausencia o fallo de soluciones, por inexistencia del Jurado, persiste y es instrumentalizado a menudo demagógicamente. Hasta el extremo de que en cuestiones complejísimas y altamente técnicas, hayamos oído recientemente, en un conocido y acreditado programa televisivo, que «con cuatro preguntas, sencillísimas, formuladas por el presidente de un Tribunal al Jurado, este problema hubiera quedado resuelto en el acto». Y nadie en él se atrevió a rechazar tan burdo argumento pese a ia evidencia de que jamás un Jurado podría pronunciarse sobre cuestiones de alta técnica, como las que allí se debatían, ni cabía, sobre ellas, resumir el problema en preguntas «sencillísimas». En suma, aunque nadie, después del 6 de zado por ¡o contrario. Sin que se acuse claraDiciembre de 1978 en que se votó la Constique caracterizaba siempre a la Administramente de inmoralidad, el ciudadano intuye tución, desea dejar sin efecto la intervención ción ile Justicia española. Naturalmente no se que algo falla o puede fallar en el ejercicio de directa del pueblo, a través del Jurado en la trata de concluir lo contrario; ni que se afirme sus cometidos para inclinar la balanza en administración de Justicia, nadie, tampoco, de los Magistrados que se venden por dinero favor de la ideología imperante. con sentido común debe simplificar peligroo favores de las partes o de los poderes táctiLa sospecha subyace y erosiona aunque samente las garantías y competencias de tal cos. La desconfianza arranca de algo más no se reconozca abiertamente la credibiliintervención. sutil: las condiciones objetivas y subjetivas dad en los jueces. Si a elio se añade que en la Se unen y reiteran hasta la estupidez manien que se desenvuelven, que condicionan sus década última no se han ahorrado actitudes dos tópicos, como que para ser juez basta decisiones. criticas, demagógicas o sesgadas, sobre resoDifícilmente se cree en su justeza e intetener sentido común y conocer algo de leyes, luciones de casos judiciales reflejadas proligridad cuando favorezcan a ¡a opinión o intepero sobre todo estar legitimado por el puejamente en los medios de comunicación reses de un partido político en el poder, al que blo, etc. Nadie se atreve a invertir el silogissocial, podremos acercamos al origen de una estaban afiliados al ser nombrados jueces por mo o plantearlo en sus justos términos: porde las circunstancias importantes que motiel nuevo tumo de acceso a la Carrera Judicial que si bien es cierto que no se puede ser buen van ese escepticismo del ciudadano medio. de reciente implantación en España. Y, sobre juez sin sentido común, ni ejercer como tal todo, cuando se constate a niveles superiores Pronunciar, como ha ocurrido durante careciendo de sensibilidad democrática y resque los máximos representantes tle la Judicaalgún tiempo, frases tópicas por ejemplo: petuosa con el pueblo, a éste sólo se le protura pueden haber sido designados de entre «Hemos pasado del castigo del crimen al critege y sirve cuando actúa la Justicia por encimiembros de ellas que coincidan abiertamenmen del castigo»— no sería grave si no se ma de la supuesta legitimación del número de te con el pensamiento político del partido en hubiera utilizado a tal fin el Parlamento. Y votos. Protegiendo a los discrepantes, que es el Gobierno, o que nunca se hayan caracteripor magistrados de prestigio, lo que es peor. lo difícil. cías a la Justicia; y de otra, que en la situación Así, la desorientación de la sociedad sobre actual, a diferencia de otras épocas, estando sus Tribunales está justificada. Y, en conseservidos los Juzgados, tanto de Instrucción cuencia, el escepticismo en lo que decidan. como de Primera Instancia, casi exclusivaEn este clima, nunca puntualizan que ei deremente por miembros de la Carrera Judicial cho sea una ciencia compleja, llena de matimuy jóvenes, tengan que ser siempre éstos, ces; y que lo más difícil sea el enjuiciar, no el ineludiblemente, los primeros o únicos en juzgar como recordaba D. Miguel de Unadecidir las cuestiones de máxima transcenmuno, evitando provocar el anatema más dencia que se confían al Poder Judicial. No rotundo en nuestro entorno. Aún más: si se E Es Inaceptable admitir cabe ignorar que son el filtro obligado y pripretendiera afirmar que su conducta, en la mero por el que pasan las cuestiones judiciasiempre como indiscutible misión que desarrolla, no es ¡a de «un trabales. Es inaceptable admitir siempre como jo como los demás», se tildada de elitista o que asuntos de la indiscutible que asuntos de la envergadura de corporativista, con los peores epítetos, a envergadura de la quiebra la quiebra de la «Barcelona Traction», quien lo dijera. de la «Barcelona Traction», «Matesa», «Sofico», etc., deban confiarse a Consecuentemente, ai no entenderlo así, un miembro de la Cámara que inicia sus fun«Matesa», «Sofico», etc., los mismos jueces en su mayoría actual en ciones en ella. deban confiarse a un las grandes ciudades, cuando salen de guarLegal y tradicionaimente se venían resoldia, después de 24 horas, no vuelven al Juzmiembro de la cámara que viendo esas situaciones con la designación de gado antes de transcurrir dos o tres días, desinicia sus funciones en ella un Juez especial, muy cualificado, por la Sala cansando, pese a que de su presencia y de Gobierno de la Audiencia respectiva resolución dependan libertades bajo fianza según criterio no reglado. La Constitución decretadas en ella, o de otras diligencias de parece haber modificado esa facultad. Pero urgentísima necesidad. Si las leyes laborales entendemos que necesariamente no tiene por conceden ese descanso prolongado y merequé vetar tal posibilidad, sino exigir que cido después de prestar el servicio de guarcuando se realice el nombramiento, sea condia a todos, «no hay razón» para que los jueforme a normas legales, en que se controle ces no lo disfruten como los demás que son éstas y no criterios subjetivos las que, ciudadanos. Pero los resultados son negatien definitiva, predeterminan el candidato, vos: que la gente continúe en prisión ineludinaturaleza del problema y causas de la desigblemente, entre tanto, o en situaciones de nación. interinidad tensas o graves, mientras S.S. No es éste el lugar para profundizar más descansa, lo sufre la propia sociedad. en la cuestión, pero sí para llamar la atención Nunca la Carrera Judicial se atrevió a de las consecuencias que una interpretación ees sin un mínimo de experiencia y conociplantearse ese tipo de situaciones a lo largo desconfiada y restrictiva de la Constitución mientos cualificados para afrontarlos. Y, de su historia. puede acarrear de no arbitrarse soluciones al naturalmente, no los pueden resolver o los sistema de predeterminación judicial. resuelven mal debe reconocerse sin rodeos, con enormes peligros para todos. No En suma: ante el escepticismo social en la basta decir que para tales situaciones se creó administración de Justicia, urge un replanteEl juez predeterminado y es competente la Audiencia Nacional adeamiento no sólo de las coordenadas y critemás de para el terrorismo y delitos monetarios en que han de moverse Jos encargados de Otro factor que puede incidir en el esceprios porque los requisitos de su competencia su efectividad sino de la imagen que sobre ticismo ciudadano, y abiertamente en contra son limitadísimos, y en todo caso, los miemellos existe. Desmontando tópicos y demagode ¡a finalidad en que se plasmó en el arr 24bros de que se nutre ésta son los mismos: 2 de la Constitución, es el del juez predetergias, respetando la fe en su funcionamiento y escogidos por simple antigüedad como los minado. la objetividad en sus críticas. No por cuestiodemás, salvo sus presidentes. La secular desconfianza al juez especial nes de prestigio, sino de supervivencia del designado para un caso concreto, o su descaCriterio igualitario que en sus últimas conEstado de Derecho. Pese a que en ocasiones lificación por «inidóneo», introducida por el secuencias está situando actualmente como tales pretensiones puedan motejarse de régimen franquista para apartar de determisecretarios a Magistrados en el Tribunal «involucionistas» o «retrógradas», hay que nados órganos a los jueces no adictos, ha sido Supremo y en el Consejo del Poder Judicial, afrontar el problema, por aquello que Charles sustituida por la institucionalización de la por ejemplo y como Magistrados a los Peguy repetía, de que cuando se conoce la inselectividad peligrosa. En vez de establecer secretarios, por el nuevo tumo de acceso a la verdad y no se proclama, es por cobardía o controles de elección y actuación judicial, se Carrera. El caos está consagrado así, legalconnivencia con la mentira. condena a la sociedad a sufrir los efectos de mente. Si ta gran mayoría de cuantos conocen o la grisitud. Sobre el problema de predeterminación dedican su vida a la Justicia están de acuerdo según Ley, del nombramiento de los Jueces Por recelos, se tiende a eliminar estímulos en ello, ta pregunta de por qué no se modifide superación profesional, igualando a todos se impone hacer una nueva lectura constitucan los planteamientos y criterios que !a vielos que ejercen la jurisdicción por aquello de cional urgente, a menos de agravar la situanen desfigurando exige respuesta efectiva, asegurar el juez predeterminado. Con lo que ción hasta jmites insoportables de riesgo inmediata y responsable. • se está llegando a un callejón sin salida en social. grandes y notorios conflictos o problemas Luis Lerga Gonzilbez es juez jubilado. Abogado en Evitando, de una parte, toda veleidad polícuya solución se confía obligadamente ajueejercicio. tica o de intereses particulares en interferen