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Derecho e Internet

Jorge Villarino Marzo

De cómo Internet hace que amplios sectores del derecho hayan visto totalmente desbordadas sus categorías jurídicas.

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Referencia

Jorge Villarino Marzo, “Derecho e Internet,” accessed April 27, 2024, http://repositorio.fundacionunir.net/items/show/1902.

Dublin Core

Title

Derecho e Internet

Subject

Las generaciones futuras

Description

De cómo Internet hace que amplios sectores del derecho hayan visto totalmente desbordadas sus categorías jurídicas.

Creator

Jorge Villarino Marzo

Source

Nueva Revista 124 de Política, Cultura y Arte, ISSN: 1130-0426

Publisher

Difusiones y Promociones Editoriales, S.L.

Rights

Nueva Revista de Política, Cultura y Arte, All rights reserved

Format

document/pdf

Language

es

Type

text

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Derecho e InternetJORGEVILLARINOMARZOLETRADODELASCORTESGENERALESUno de los grandes retos del mundo del Derecho es que tiene que hacerfrente a la cambiante realidad social, a las respuestas que la sociedad demanda. Esta característica se ha visto incrementada notablemente comoconsecuencia de la caída de las fronteras en el plano económico, social, cultural e incluso político en determinadas áreas. Sin lugar a dudas, el factorprobablemente más determinante en este cambio ha sido el de las nuevastecnologías y más concretamente la aparición de Internet como un fenómeno global que ha afectado al núcleo mismo de las relaciones humanasy, cómo no, a los instrumentos que determinan o al menos regulan las mismas, entre los cuales ocupa un lugar muy especial el Derecho.Pocas personas más indicadas en España para abordar esta materiacomo el profesor García Mexía, catedrático de Derecho y Gobierno deInternet en la Universidad Internacional de La Rioja y experto en la materia desde hace diez años, como demuestra su condición de profesor visitante sobre la materia en el College of William and Mary. La perspectivadesde la que afronta esta obra es la de una demostración de que el Derecho de Internet ha asumido tal crecimiento en los últimos años que exigede su reconocimiento académico y ello en un ámbito tan global como eldel continente europeo. Se trata de un reto difícil por cuanto el objeto dela materia es voluble y cambiante, pero además lo es a una velocidad queescapa a la fijación de la palabra escrita. Quizá este dato haga que el autory la editorial Netbiblo tengan que asumir en un futuro más o menos próximo la publicación de una nueva edición.Se trata de una obra descriptiva, inductiva y valorativa; cualidades todasellas que deberían informar una obra de naturaleza jurídica. La obra es descriptiva por cuanto gira en torno a la normativa europea sobre la materia,entendiendo el calificativo de europea tanto en el más integrador de laUnión como en el más amplio del Consejo de Europa. Qué duda cabe quesólo a través de una visión global de la materia y de una estrecha coope64NUEVA REVISTA 124ración entre Estados pertenecientesal menos a ámbitos geográficos másInternet hace que amplios sectoreso menos homogéneos, se podráde nuestro ordenamiento hayanhacer frente, siquiera de manera invisto totalmente desbordadas suscipiente, a este nuevo campo de recategorías jurídicas.gulación. Así, uno de los vectoresque afloran de manera intermitenteen la obra es el de los problemas derivados de la legislación aplicable y lajurisdicción competente. El anonimato que caracteriza al mundode Internet llama a una estrecha cooperación jurídica, que se ha demostrado compleja en ámbitos con un alto grado de integración como la Unión Europeay que plantea demasiados interrogantes si pensamos más allá.También es inductiva por cuanto está construida extrayendo las consecuencias que se derivan de las diferentes soluciones que han ido dandolos diversos tribunales europeos, llamando a las puertas de una suerte deconstrucción principialistadel Derecho, probablemente el único caminoposible para la regulación de muchas de las materias que por su viveza,insistimos, excluyen las posibilidades de actuación de la norma escrita. Losdenominados principios generales del Derecho gozan de universalidad enmuchos casos a pesar de vivir en sistemas jurídicos muy diversos, y la universalidad es el objetivo, por muy irrealizable que sea, que debe tener laregulación de una realidad que es global como ninguna otra, puesto queInternet constituye el elemento que lleva a la globalidad de cualquier otroelemento de la realidad susceptible de tratamiento jurídico.A todo ello se añade lo valorativo. El autor no pierde la oportunidad depronunciarse sobre cuestiones polémicas, ponderando los derechos enfrentados y meditando las respuestas que aporta. Qué duda cabe que paramuchos Internet hace que amplios sectores de nuestro ordenamientohayan visto totalmente desbordadas sus categorías jurídicas. La dificultad,que no rehúye el autor, es ver cómo aplicar esas viejas categorías a nuevas exigencias. Es una labor de finura y ponderación apoyada sobre pronunciamientos judiciales que junto con el rigor técnico de un buen jurista informan todas y cada una de las páginas de esta obra.La obra no olvida el soporte tecnológico, puesto que el conocimientode la técnica es un priuslógico de una obra de esta naturaleza. Se hace65JULIOSEPTIEMBRE 2009JORGE VILLARINO MARZOcon un estilo y extensión ajustados,quedando de manifiesto que ocupaun lugar auxiliar, no por ello excluible, del conjunto de la obra.Analiza el derecho de Internetdesde todas las visiones posibles,tanto positivas, con las amenazas, yoportunidades, que han surgido paranuestros derechos y libertades en Internet, centrándose en aquellos quese ven afectados directamente por laDERECHOEUROPEOred, y los retos que el Estado asumeDEINTERNETa través de su Administración con inPABLOGARCÍAMEXÍAmejorables oportunidades de interacNetbiblo, Oleiros (La Coruña),ción con el ciudadano, pudiendo2009, 288 páginascontribuir a la transformación de laburocracia en eficacia, objetivo porexcelencia que ha ocupado al quehacer diario del aparato del Estado en los últimos años.Pero también atiende a las visiones negativas, con el tratamiento deun fenómeno como el de la cibercriminalidad caracterizado por el datode que la red es el elemento vertebrador de la comisión de la conductatípica. Bien es cierto que esta cuestión adolece de la falta de regulaciónen la Unión Europea a pesar de los numerosos intentos que existen deconstrucción de un Derecho Penal Europeo que tendría en esta materiauno de sus retos más apasionantes. Quizá la excesiva cercanía al texto ylos principios informadores del Derecho Penal dificultan las apreciaciones valorativas en esta cuestión que podrían ser afrontadas en futurasediciones.Mención expresa merece el tratamiento que da a la propiedad intelectualy a la superación de las viejas reglas de protección de este derecho, desbordado por la tecnología cambiante. Cualquier lectura diaria de un periódico nos hace ver que estamos ante el debate por excelencia con noticiasypolémicas diarias. El autor no rechaza adoptar una postura, defendiendola protección de derechos, denunciando el lucro que algunos obtienen de66NUEVA REVISTA 124DERECHO E INTERNETla creación y el esfuerzo ajeno bajoelsupuesto amparo de excepcionesCualquier lectura diaria de un periómuy concretas a los derechos de autordico nos hace ver que estamos antey sus derechos afines. La propiedadel debate por excelencia con notiintelectual es concebida sobre la basecias y polémicas diarias.del ordenamiento internacional comoinclusiva de la propiedad industrialque analiza desde la vertiente de la competencia desleal, de la protecciónde los signos distintivos de las empresas y del interés último de defensa delos derechos del usuario y consumidor.Precisamente este último aspecto, la protección del consumidor, informa su tratamiento de otros ámbitos que no deja de lado y que vienen marcados por la oportunidad de negocio, dedicando una parte del libro alcomercio electrónico y a las diferentes modalidades de contratación electrónica; sin olvidar aspectos muy concretos como el de la publicidad enla red o las repercusiones tributarias derivadas de la actividad de negocioen Internet, que han conllevado excepciones generales a la normativa impositiva de la Unión.La mejor doctrina ha sido incorporada, tanto española como extranjera, fundamentalmente anglosajona, con una notable influencia de la doctrina norteamericana. No abusa el autor del volumen de información queya existe sobre esta materia, sino que ha realizado una cuidada selecciónde las obras consultadas que además son citadas con ponderación, demostrando que el autor tiene un trasfondo de conocimiento que va másallá de la cita ocasional y forzada, siendo ésta ajustada a las exigenciaspropias de cada momento.Además está bien equilibrada por cuanto el orden seguido responde aun esquema lógico en cuanto a la distribución de los diferentes capítulosy también en la ordenación interna de cada uno de ellos, recurriendocuando es necesario a detenerse a modo de excurso en materias novedosas o de especial interés para el lector, caso del tratamiento del uso de Internet en el trabajo o, es obligado por mi parte reseñarlo, algunos apartados concretos como el de la denominada copia personal, cuya lecturaarroja luz sobre una materia sobre la que en ocasiones hay pronunciamientos poco documentados y valoraciones demasiado simplistas.67JULIOSEPTIEMBRE 2009JORGE VILLARINO MARZOEn definitiva, cualquier persona que se acerque a este apasionantemundo debe tener esta obra como una de sus lecturas preferentes: por suoriginalidad, pues al menos quien suscribe no conoce una obra similar;por su didáctica, puesto que los especialistas en la materia encontrarán unaconstrucción sistemática y los que se inicien un inmejorable acercamientopor su claridad y carácter explicativo, y por su practicidad, puesto que quienes se dediquen a la práctica de este sector, desde el ámbito judicial o delasesoramiento jurídico, encontrarán en su lectura soluciones que de otromodo exigirían largas horas de búsqueda e investigación.Quizá en el momento de escribir estas líneas el desarrollo tecnológicohaya desbordado ya algunos de sus contenidos normativos, pero me atrevo a decir que no así la riqueza de sus datos jurisprudenciales y los aspectos valorativos, cuyo rigor contribuye al interesante debate que, meatrevo a decir, existirá todavía durante muchos años.68NUEVA REVISTA 124