Nueva Revista 038 > La recuperacion del Estado de Derecho
La recuperacion del Estado de Derecho
E. N.
Análisis de la situación de la política socialista, sobre las próximas elecciones y la regla de la mayoría. La recuperación del ideal Estado de Derecho se ha converido en una tarea urgente y prioritaria.
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Número
Referencia
E. N., “La recuperacion del Estado de Derecho,” accessed November 22, 2024, http://repositorio.fundacionunir.net/items/show/719.
Dublin Core
Title
La recuperacion del Estado de Derecho
Subject
Panorama
Description
Análisis de la situación de la política socialista, sobre las próximas elecciones y la regla de la mayoría. La recuperación del ideal Estado de Derecho se ha converido en una tarea urgente y prioritaria.
Creator
E. N.
Source
Nueva Revista 038 de Política, Cultura y Arte, ISSN: 1130-0426
Publisher
Difusiones y Promociones Editoriales, S.L.
Rights
Nueva Revista de Política, Cultura y Arte, All rights reserved
Format
document/pdf
Language
es
Type
text
Document Item Type Metadata
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que en sus buenos tiempos disfrutala religión. Otro es el patriotismo, ban en el Reino Unido los Windsor. también en sus versiones menores La aceptación del Parlamento como de nivel local o regional, que no deinstancia superior del debate polítijan de ser igualmente historia y esco y de la representación de la napíritu. Y así en muchos más campos ción. La tolerancia y el reconocide la vida del país. miento del derecho de los demás a Pero a esa serie de valores han mantener sus propias opiniones, etc. de añadirse los que han sido promoEsos valores y otros de género vidos o alentados por la experiencia semejante, constituyen las piezas de la transición y que antes no bridel concepto perfectamente claro llaban entre las virtudes nacionales. que decía Maura que debe perseguir Son el principio de la legalidad, tanun político, para poner luego al sertas veces proclamado en las invocavicio de su realización una firme ciones a la Constitución y a lo consvoluntad de llegar a la meta protitucional. El respeto a la Corona, puesta. A. F. que no tiene nada que envidiar al Larecuperacion del Estado de Derecho La regla de la mayoría como legitimación exclusiva ha provocado un malestar en la justicia potencialmente explosivo para el Estado de Derecho: el caso Garzón ha convertido la fábula del aprendiz de brujo en literatura realista. a concepción de la democrada a cabo por los gobiernos socialiscia que Madison y Jefferson tas desde su famosa mayoría electollamaron el despotismo ral de octubre de 1982. Lelectivo ha ejercido tradicionalComo es sabido, esa concepción mente una gran atracción sobre el se basa en la idea de que una mayopensamiento socialista español, y se ría lograda en las urnas posee la máconvirtió en una de las fuentes que xima legitimación para ordenar la inspiraron la política de construcsociedad mediante el ejercicio del ción y articulación del Estado llevapoder. Los socialistas, con sus diez millones de votos, se creyeron legiúnico que podrían hacer las minorías timados para llevar adelante sus (y cada individuo) sería intentar proyectos y transformar la sociedad convertirse en una nueva mayoría española conforme a sus deseos. que desplazase a la anterior. El sisEsa legitimidad hacía irresistibles tema democrático garantizaría esa las decisiones de esa mayoría, al posibilidad mediante la celebración convertirlas, formalmente, en leyes. de elecciones periódicas, auténticaAlgunas de las tesis mantenidas mente libres y competitivas. por significativos e influyentes auEn esa misma línea, Gregorio tores socialistas son reveladoras de PecesBarba ha defendido, de acuerestos planteamientos. Por ejemplo, do con su versión de la teoría deen las dos posturas tomadas en la mocrática de la justicia, que si no polémica académica sobre la obepodemos formular criterios de justidiencia al derecho, que mantuvieron cia objetivos, permanentes y absa comienzos de los años ochenta F. tractos como modelos del derecho González Vicén y Elias Díaz. Según positivo, hagamos que el derecho el primero, la desobediencia, en capositivo creado por el poder tenga el so de disociación entre mi concienapoyo de la mayoría. El fundacia moral y la norma jurídica, consmento de un derecho justo contitituía siempre un deber. El segundo, núa es un poder democrático. en cambio, se resistía a admitir la Todos estos planteamientos conposibilidad de la desobediencia a la ducen, a la postre, a una hipervaloley, si ésta poseía legitimidad demoración de la regla de la mayoría, decrática, es decir, si era expresión de vastadora para todo el edificio del la voluntad de la mayoría. De este Estado de Derecho. Jefferson advermodo, la problemática relación entía ya, en su primer Discurso inautre moral y derecho quedaba resuelgural, que aunque la voluntad de ta, en el supuesto de que la ley emala mayoría debe prevalecer en todos nara de verdad de la voluntad gelos casos, para que sea justa debe neral. ser razonable. El criterio de justicia Frente al irreductible individuano puede nunca descansar exclusilismo de González Vicén, la tesis de vamente en los números. Elias Díaz conducía a defender la La regla de la mayoría no puede superioridad moral (al menos forconsiderarse el único principio legimal) de la norma dictada por la matimador de un Estado democrático yoría. Los fenómenos de desobede Derecho. Porque salvaguardar la diencia al derecho ya no tendrían, libertad y evitar un gobierno tiránien consecuencia, justificación. Lo co no son capacidades que residan con celeridad llevó a cabo el primer sólo en el establecimiento de mecagobierno socialista. nismos para determinar quién debe ejercer el poder, sino también en Este planteamiento, que conduimpedir que alguien tenga todo el ce inexorablemente a una politizapoder. ción del gobierno de los jueces, La gran lección que puede desvirtúa el sentido para el que fue extraerse de lo sucedido en el períocreado su órgano de autogobierno: do de gobierno socialista, es que toexclusivamente para garantizar la das las medidas que debiliten el sisindependencia judicial. tema de contrapesos concebido para La independencia de la justicia evitar la concentración del poder daes un requisito esencial para que ñan a la esencia misma del Estado funcione el mecanismo de contrapede Derecho. sos del Estado de Derecho. Pero la independencia de la justicia es la independencia de cada juez, porque La justicia como espejo del poder cada uno de ellos personifica en su Con la euforia de una desborplenitud al poder judicial. Por ello, dante victoria electoral, la regla de la Constitución ha querido que los la mayoría legitimó la tesis de que jueces estén alejados de las contientodos los poderes del Estado debían das políticas: a tal fin, no pueden funcionar en sintonía con la volunpertenecer a partidos políticos mientad expresada en las urnas. El poder tras se hallen en activo, y deben sojudicial no podía ser ajeno a este meterse a un sistema de incompatiprincipio democrático. La modificabilidades que asegure su total indeción del sistema de designación de pendencia. los miembros del Consejo General Las leyes que han desarrollado del Poder Judicial obedeció claraesos preceptos constitucionales no mente a esa inspiración. La idea han respondido al espíritu de la central de la política judicial se hizo Constitución. El malestar de la jusconsistir en que el autogobierno de ticia es uno de los síntomas del delos jueces debía adaptarse al princiterioro del Estado de Derecho. La pio superior de la legitimidad demofalta de voluntad para hacer realidad crática. El gobierno de los jueces el esquema diáfano de la división de debía reflejar, de alguna manera, la poderes, causada por la creencia en mayoría del Parlamento. Sin esta que la regla de la mayoría lo justifijustificación carece de sentido la recaba todo en democracia, ha generaforma de la ley orgánica del Consedo una situación potencialmente exjo General del Poder Judicial, que plosiva. El caso Garzón ha convertido la fábula del aprendiz de allá del status y del funcionamiento brujo en una realidad modélica. de la justicia como poder indepenLa recuperación del ideal del Esdiente del Estado. Pero resulta difítado de Derecho se ha convertido, a cil discutir que los avatares que sulos tres lustros del nacimiento de fre hoy la institución de la Justicia nuestra Constitución, en una tarea están quebrantando nuestro modelo urgente y prioritaria. Ciertamente constitucional de Estado. E. N. comprende aspectos que van más La legitimidad del mercado La eficacia de la economía de libre mercado es indudable. Y está injustificada la sospecha de que necesitaría el control público porque es un mal necesario sin principios éticos: es la propia tutela pública politizada lo que ha ocasionado a veces los abusos del mercado. os últimos y bien conocidos de las experiencias históricas reacontecimientos por los que cientes que por convicción intelecsendas crisis empresariales Ltual, ahora surgen con más fuerza han terminado con el reciente ingrelas críticas basadas en su presunta so en prisión de destacados personacarencia de principios éticos en los jes de la economía española ponen que sustentar su funcionamiento. El de nuevo en duda, ante la opinión mercado se convierte así en un mal pública, dos principios básicos de la necesario con el que nos vemos economía de mercado: la legitimiobligados a convivir, y del que dad del enriquecimiento y la eficaconstantemente hemos de desconcia del mercado para resolver en sofiar para evitar a tiempo sus mayolitario las patologías que en él pueres abusos. Los fenómenos de enridan aparecer. quecimiento rápido, los especuladoAceptada por casi todos la mares, la cultura del pelotazo pareyor eficacia del mercado como inscen ser para algunos las indeseables trumento de asignación de recursos pero inevitables consecuencias de para algunos más por la evidencia una forma de organizar la actividad