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El gatopardo

Alfredo Timermans

Nos habla de los problemas de propiedad intelectual que son asuntos complejos, con intereses legítimos que merecen ser defendidoos.

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Referencia

Alfredo Timermans, “El gatopardo,” accessed November 22, 2024, http://repositorio.fundacionunir.net/items/show/2407.

Dublin Core

Title

El gatopardo

Subject

Para entender España

Description

Nos habla de los problemas de propiedad intelectual que son asuntos complejos, con intereses legítimos que merecen ser defendidoos.

Creator

Alfredo Timermans

Source

Nueva Revista 026 de Política, Cultura y Arte, ISSN: 1130-0426

Publisher

Difusiones y Promociones Editoriales, S.L.

Rights

Nueva Revista de Política, Cultura y Arte, All rights reserved

Format

document/pdf

Language

es

Type

text

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EL GATOPARDO Una reflexión sobre la reforma de la ley de propiedad intelectual Por Alfredo Timermans S ya clásica la invocación de la mejor. «Algunos cambios», en este contexto cita del Príncipe de Lampedusa, histórico, quería decir que la vieja clase inteque con su gran clarividencia en lectual del régimen anterior podía ser sustitiempos confusos afirmó «es tuida sin mayores dificultades por otros comnecesario que algo cambie para ponentes, en lo posible más adictos y Eque todo siga igual». En otro contexto histópopulares. rico, y con consecuencias fatalmente distinPues bien, en el año 1987, los socialistas tas. ello se puede afirmar igualmente de esta sacaron adelante la Ley de Propiedad Inteera de las luces con que nos ha obsequiado el lectual. que afecta a algunos de estos colectiPSOE. De acuerdo con los más estrictos vos, a los que me he referido. Hay que decir cánones marxistas, el proletariado es la clase que los problemas de propiedad intelectual que, situada en la vanguardia, lidera la revoson asuntos complejos, con intereses legítilución. Junto a ella, los intelectuales, luchanmos que merecen ser defendidos. Los moderdo codo con codo suministran la base teórinos medios técnicos de reproducción pueden ca. la justificación intelectual. Desde que vulnerarlos o desincentivar económicamente ganaron sus primeras elecciones, los sociadeterminados tipos de creación intelectual. O listas se obsesionaron con cuidar, proteger y Lo primero que nos sorprende es que sólo alimentar a esa difusa clase de pensadores cuatro años después de la proclamación de ay que decir que tos que ya durante el gobierno de la UCD había esta Ley, con una cómoda mayoría parlamenproblemas de propiedad constituido su más firme apoyo. Eso exigía, taria, sea necesaria una reforma de tan hondo intelectual son asuntos en muchos casos, la fabricación, en sentido alcance. Así es; está a punto de culminarse la complejos, con intereses literal, de los miembros de la casta, pero para tramitación de esta reforma incluyendo algueso estaban los inmensos mecanismos del legítimos que merecen ser nos puntos y confirmando otros que son, al menos, discutibles. defendidos Estado que podían patrióticamente utilizarse. Una vez despojados de lodo revestimiento ideológico, y convertidos en pura maquinaria electoral, tenían una justificación mucho más democrática y utilitarista; en Las artes plásticas toda sociedad existe un heterogéneo grupo social, integrado por las más variadas profeEn mi opinión, es este uno de los aspectos siones. con mucha influencia social, son vermás criticables de la Ley y su reforma. En virdaderos «opinion makers». Son las vedettes, tud de su artículo 24 los autores de obras pláslos pintores, los actores los escritores, y ticas disponen de un «derecho de seguimienotros grupos que. en muchos casos, necesito» mediante el cual son acreedores de un tan ayuda estatal para sobrevivir. Desde que porcentaje del importe de la reventa de sus conquistaron tos ayuntamientos, los fondos obras, desde el momento en que las crean, haspúblicos han sido utilizados para contratar ta sesenta años después de su fallecimiento. Es artistas amigos, promocionar intelectuales decir, que si usted es capaz de realizar alguna beligerantes, ensalzar intelectuales queridos. obra plástica, y la vende por buen o mal precio Cuando llegaron al Gobierno de la nación (eso da igual) el que la compra adquiere «ex comprobaron que lo podían hacer mucho lege» la obligación de cederle a usted un 3% Gobierno no quiere que nada se desperdicie. Me parece, al menos, irregular que se busque una nueva vía de financiación de un fondo, cuya dotación debería ser presupuestaria. Y ello incluso con la limitación que el propio texto impone en el sentido de que sólo es aplicable a las transacciones superiores a las 300.000 pesetas. EI caso de las fotocopiadoras Con ello me refiero a cualquier instrumento de reproducción de obras publicadas en forma de libro, fonogramas, videogramas, etc. Aquí se incluyen desde los aparatos de video, hasta las cintas vírgenes, fotocopiadoras, y cualquier otro instrumento que se pueda utilizar para la reproducción. El problema aquí, en el que todos estamos de acuerdo, es que hay un derecho legítimo del autor a recibir una compensación por mi trabajo. En este sentido, el problema de las fotocopiadoras es muy claro. Si yo publico un libro, es posible que vendiendo un sólo ejemplar (y por lo tanto recibiendo los derechos correspondientes a ese ejemplar) se fotocopie de forma indefinida. La solución a la vulneración de este derecho, adoptada por la norma, es establefaérje rmm1 cer una llamada remuneración compensatodel predi) que él consiga al venderla, incluso ria (un coste añadido) sobre todos los aparaen el supuesto de que la segunda transación se tos o instrumentos susceptibles de utilización realice pertliendo dinero. Este derecho tiene para reproducción. Así. para que ustedes se una restricción que, creo, empeora la situahagan idea, en el caso de las fotocopiadoras, ción. Existirá, únicamente, en el caso de se establecerá un verdadero impuesto que reventas que se realicen en pública subasta, en será aproximadamente de un 8% del valor establecimiento mercantil, o con la intermeactual, según mis cálculos. Estos impuestos diación de un comerciante o agente mercantil. serán de 100 pesetas para cada cinta de audio En mi opinión ello supone tanto como desinvirgen. 1.100 pesetas para cada aparato de centivar la intermediación profesional en el video, etc. Me parece que estos «recargos» campo de las obras plásticas, es decir cargar i yo publico un libro, s son exagerados, y desde luego notoriamente un coste añadido sobre los mercados en este es posible que vendiendo un mayores que ¡os de otros países de nuestro campo. A continuación se hace una pirueta, sólo ejemplar (y por lo tanto entorno y mayor capacidad económica, pero esta sí. digna del Gobierno. Lo usual en estas recibiendo los derechos lo que es ya jurídicamente intolerable es que legislaciones es establecer que el plazo de correspondientes a ese se establezca con carácter retroactivo desde duración de derecho será de un determinado el 1 de julio de 1989. No se si desde el Minisnúmero de años (usualmente, setenta) desde ejemplar) se fotocopie de terio de Economía y Hacienda se habrán que la obra se realice. No en el sistema espaforma indefinida dado cuenta de que, ante el impresionante ñol, en el que se establece que el derecho se monto que los fabricantes tendrán que abonar extinguirá transcurridos sesenta años desde el (Ellos son los que, aparentemente pagarán la uno de enero siguiente de aquél en que se profactura) algunos pueden decidir abandonar dujo la muerte del autor. Durante todo ese sus actividades en España. tiempo el «derecho de seguimiento» se transmitirá a tos herederos, pero, y aquí viene la En fin, sólo nos queda la vaga esperanza sorpresa, la acción procesal para hacer efectide que una oportuna disolución de las cámavo el derecho prescribirá a tos tres años desde ras, unida a la natural laboriosidad de nuesla comunicación de la reventa. «Transcurrido tros paríame ntarios, consigan paralizar la tradicho plazo continúa la Ley sin que el mitación de esta reforma, que debe ser importe (...) haya sido reclamado, se procedeampliamente reflexionada y discutida. • rá al ingreso del mismo en el Fondo de Ayuda Alfredo Timermtins es abogado. a las Bellas Artes (,.,)». Ya se ve que el