Nueva Revista 017 > La legitimación del Estado policial

La legitimación del Estado policial

Alfredo Tímermans

Trata sobre el problema que afronta el proyecto que el gobierno presentó en el Congreso, "El Proyecto de Ley Orgánica sobre protección de la seguridad ciudadana".

File: La legitimación del Estado policial.pdf

Referencia

Alfredo Tímermans, “La legitimación del Estado policial,” accessed April 25, 2024, http://repositorio.fundacionunir.net/items/show/2231.

Dublin Core

Title

La legitimación del Estado policial

Subject

Panorama

Description

Trata sobre el problema que afronta el proyecto que el gobierno presentó en el Congreso, "El Proyecto de Ley Orgánica sobre protección de la seguridad ciudadana".

Creator

Alfredo Tímermans

Source

Nueva Revista 017 de Política, Cultura y Arte, ISSN: 1130-0426

Publisher

Difusiones y Promociones Editoriales, S.L.

Rights

Nueva Revista de Política, Cultura y Arte, All rights reserved

Format

document/pdf

Language

es

Type

text

Document Item Type Metadata

Text

difícil es precisamente la de lógico socialista, una ideología mantener opiniones y conformar cuyas raíces son, inevitablemente, totalitarias. Esperamos, ante la opinión pública, influir en este Proyecto, que el Partito Poella. Así, por poner el ejemplo La legitimación pular aproveche la ocasión, en más cercano y revelador, el que vez de actuar como en el triste España forme parte, plenamenasunto de la Ley del Servicio te, de las estructuras occidentaMilitar. les se debe a la labor arriesgada, del Estado policial difícil y valerosa del Partido SoEl problema del proyecto no cialista, que supo cambiar de es sólo, como se ha resaltado opinión, teniendo en su contra hasta ahora en la prensa, el que a la inmensa mayoría de sus Por Alfredo Timer mans se acabe de un plumazo cotí 1 a propios votantes. Esta es la miinviolabilidad del domicilio o el sión del Partido Popular: manteque se habilite a los cuerpos de ner una postura de defensa de seguridad a verdaderas detenlas libertades individuales, sin ciones {llámeselas como se las compromisos. llame) sin ninguna garantía. Estas dejan de ser consecuencias deseadas del erróneo planteamiento que sobre el tema de la seguridad ciudadana los totalitaInconstitucionalidad rios hacen. Ya en la Exposición de Motivos afirma el Gobierno: El primer defecto sustancial ESGRACIADAMEN«Desde la promulgación de la del proyecto consiste en la desTE, el propósito de este Constitución, en un proceso legalización, en la práctica, de artículo no puede consisDininterrumpido, las Cortes Gecasi toda la materia de Seguritir en convencer al Gobierno nerales han tratado de mantener dad Ciudadana. El texto se limipara que retire y olvide definitiun positivo equilibrio entre lita a dejar sentados unos princivamente el Proyecto de Ley Orbertad y seguridad...». En esa pios generales de difícil o impogánica sobre protección de la sefrase están resumiendo su decisible control, habilitando al Goguridad ciudadana. Ya lo han monónica visión, que consiste, bierno o al Ministerio del Inteintentado el Consejo General básicamente, en creer que liberrior para dictar las normas de del Poder Judicial, los Colegios tad y seguridad son dos caras de desarrollo. Esta técnica, tan de Abogados y tas Asociaciones una misma moneda. Si hay liquerida por los sucesivos gobierde Jueces, sin éxito, y no parece bertad no hay seguridad, y vicenos socialistas, supondrá, de probable que un artículo de consagrarse, una renuncia de las versa. Este postulado fue explíNUEVA REVISTA lo consiga. Cortes Generales a la promulgacitamente mantenido durante el Por tanto, me dirijo a ios partiCreo que la misión de ¡os ción de normas sustantivas en el franquismo; aquella sociedad redos de la oposición, y muy espepartidos políticos y sus campo que, junto a los impuesnunció a las libertades a cambio cialmente al Partido Popular, tos, fue precisamente el origen líderes no se agota en de la seguridad. Y es precisasea esta formación liberal, dedel nacimiento de la democracia mente esto lo que estamos a mocristiana o liberaldemoconrecoger la opinión pública y parlamentaria. Además, es caupunto de de volver a consagrar servadora (el día que se averielevarla a la categoría de ley sa de inconstitucionalidad, puesgüe quizá pierda interés el PP). legalmente. to que lo dispuesto en el artículo No voy a discutir sobre etiqueLo malo es que, probable81 de la Constitución Española tas, pero sí tengo una idea del mente, esta postura es manteni(«Son Leyes Orgánicas las relapapel que un partido de derecha da como consecuencia de entivas al desarrollo de los deremoderna y democrática debe jucuestas de opinión bien realizachos fundamentales y de las ligar hoy y aquí: el mismo que sus das, vende bien. Si a la gente se bertades públicas...*) no se homónimos occidentales. Pole dice que es necesario otorgar cumple si la Ley se limita a redríamos denominar esta postura poderes exorbitantes a la policía mitir dicho desarrollo a precepcomo liberal, pero insisto en que para erradicar la delincuencia, tos reglamentarios. No pondré no es un problema de etiquetas: normalmente estarán de acuerejemplos en este apartado, dada menos estado, menos impuesdo y pensarán que, al fin y al la abundancia de preceptos hatos, más sociedad y más libercabo, esos instrumentos se utilibilitantes; sólo indicar que casi tad, zarán contra «los malos». Pero todos los capítulos de la Ley coTodo esto viene a cuento poryo creo que la misión de los parmienzan con preceptos de este que el Gobierno presentó antes tidos políticos y sus líderes no se tipo. del verano en el Congreso el agota en recoger la opinión púEn segundo lugar, la propuesProyecto de Ley Orgánica sobre blica y elevarla a la categoría de ta de! Gobierno desprende, protección de la seguridad ciuLey. Los políticos no deben ser constantemente, un tufillo de dadana, que es el mejor resumeros portavoces del pueblo. sometimiento del Poder Judicial men por escrito del corpus ideoLa misión, quizá, más noble y Ésta es la misión del Partido Popular: mantener una postura de defensa de las libertades individuales, sin compromisos vagos motivos de seguridad, ina tas autoridades policiales. Hay ces de primera instancia me padeterminados o sujetos únicamuchos ejemplos, pero transcrirece excesivo. Diga lo que diga mente a la creencia, voluntad o bo el curiosísimo artículo 5.1: el Proyecto, los Jueces y Magisfantasía de la autoridad que in«Todas las Autoridades y funtrados no tienen el deber de coLa propuesta del Gobierno terviene. Ello lo hace incontrocionarios públicos en el ámbito laborar con nadie para nada, desprende, constantemente, lable por el poder judicial, por de sus competencias deberán coporque no es ésa su misión. Ni un tufillo de sometimiento dos motivos: porque los tipos se laborar con (las autoridades del siquiera es su misión, ni debe del Poder Judicial a las refieren a apreciaciones subjetiMinisterio del Interior) (...) y serlo en un Estado de Derecho, vas y porque, al tratarse de meprestarles el auxilio que sea pola de acabar con el terrorismo o autoridades policiales didas de hecho inmediatamente sible y adecuado (.,.)». En este la delincuencia. Recordaré, ejecutivas, no tienen más repasentido recordaremos un princicomo todo argumento, el artícuración posible que la indemnizapio de sentido común con su colo 117 de la Constitución, y más ción por daños y perjuicios. rrespondiente plasmación consclaramente el artículo 13 de la Pondré dos ejemplos: el artículo titucional. La definición del artíLey Orgánica del Poder Judi15 del proyecto autoriza a la auculo transcrito es tan amplia que cial: «Todos están obligados a toridad competente para acorquiere incluir, sin duda, a los respetar la independencia de los dar el cierre de locales o establejueces, que son funcionarios púJueces y Magistrados». Sobran cimientos y como lodo motivo blicos. El Partido Socialista comentarios. habilitante se dice «en situacioObrero Español ha conseguido Como tercera característica nes de emergencia». El segundo ya interferir en la independencia reseñable citaré la descripción •ejemplo es la autorización a los del Poder Judicial a través de la de los supuestos de hecho habiliagentes para limitar o restringir configuración de su Consejo tantes de la actuación policial, la circulación o permanencia en General, pero intentar mediante cuya construcción es tal que crea vías o lugares públicos (art, esta ley una especie de cadena verdaderas normas en blanco. 19.1). El supuesto de hecho es de mando jerarquizada en cuya La intervención de las fuerzas la alteración del orden, la segucúspide esté el Ministerio del Inde seguridad restringiendo dereridad ciudadana o la tranquiliterior y que termine en los juechos o libertades se justifica en dice: «En flagrante: en el mismo momento de estarse cometiendo un delito sin que el autor haya podido huir». No hace falta ninguna explicación. Pues bien, ahora expondré párrafo por párrafo lo que dice el proyecto. El El PSOE ha conseguido ya primero es supérfluo e innecesainterferir en la independencia rio, pues establece que los agendel Poder Judicial a través tes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sólo podrán entrar en de la configuración de su el domicilio en los casos permitiConsejo General, pero dos por la Constitución y las Leintentar mediante esta ley yes. Está claro que ello es así, una especie de cadena de lo diga o no esta Ley, El segunmando jerarquizada en cuya do párrafo establece que será causa legítima para la entrada cúspide esté el Ministerio en el domicilio el conocimiento del Interior y que termine en de que está cometiendo algún los jueces de prímera delito relacionado con las droinstancia me parece gas. Este párrafo es, sencilladad pública. Quien pueda defipla el supuesto de no llevar el excesivo mente, una tontería, porque ya nir la «tranquilidad pública» que DNI. sino el de que no se logre la Constitución habilita para la levante !a mano. la identificación. Como digo, el entrada en domicilio en caso de segundo párrafo del artículo auestarse cometiendo cualquier toriza a los agentes a «instar» al delito, así que no viene a cuento DNI y domicilio interesado a ser acompañado a circunscribirlo a determinados dependencias próximas (no nedelitos. El tercer apartado es, cesariamente a una comisaría de Una vez reseñadas tres caracsencillamente, inconstitucional. policía). Se le hurta, además, al terísticas globales que hacen imHabilita a los agentes para eninteresado una garantía establepresentable el proyecto, no trar en el domicilio estableciencida por el artículo 17,3 de la quiero dejar de analizar dos .asdo como causa la «...necesidad Constitución, no para las detenpectos concretos que me parede evitar daños inminentes y ciones preventivas, sino para las cen esenciales en la Ley. Me regraves a las personas y a ias codiligencias policiales, y que confiero a ia obligatoriedad del sas, en supuestos de catástrofes, siste en ia asistencia letrada. DNI e inviolabilidad del domicicalamidad, ruina inminente u lio. Por último, expondré el régiotros semejantes de extrema y En cuanto al primer asunto, men diseñado por el artículo 21 urgente necesidad». Juzguen usme parece discutible la obligatoen cuanto a la inviolabilidad del tedes. Sólo me queda reseñar riedad de obtención del DNI domicilio. Empezaré por transque este artículo está pensado que establece el artículo 9.2 del cribir, literalmente, lo que el arQuiero llamar la atención para algo inconfesable, porque texto. No creo que tenga base tículo 18.2 de la Constitución sobre el hecho de que no si un policía viene a mi casa constitucional suficiente. Pero dispone al respecto: «El domicillevar consigo el DNI, o que para decirme que se está cayenademás el artículo 20, interprelio es inviolable. Ninguna entrado a pedazos, cualquier persona el agente sospeche que es tado a contrario, obliga a portar da o registro podrá hacerse en dará autorización para entrar. falso, o que no corresponde este documento constantemenél sin consentimiento del titular Así que ya veremos para qué se te, lo que no parece de recibo. o resolución judicial, salvo en al que lo lleva, habilita para quiere utilizar de verdad. Me pregunto qué ocurrirá si se caso de flagrante delito». Es uno una detención preventiva solicita la identificación en una de esos artículos constitucionaNo entro en la autorización que no tiene que realizarse playa o desarrollando una activiles que consagra de forma clara gubernativa previa a que se sonecesariamente en dad que imposibilite o dificulte y meridiana un derecho fundamete la apertura de prácticainstancias policiales el llevar consigo identificación. mental sin dar lugar a ninguna mente cualquier establecimiento Sobre este extremo se ha escrito duda en su interpretación: sólo que pueda ser considerado púmucho. Yo quiero llamar la se puede entrar en un domicilio blico, que será objeto de otro atención sobre el hecho de que en tres supuestos: consentimienartículo. no llevar consigo el DNI, o que to del titular, resolución judicial Vuelvo al principio. El Partiel agente sospeche que es falso, y flagrante delito. Para saber a do Popular tiene ia posibilidad o que no corresponde al que lo qué se refiere esta úitima exprede ser el baluarte de la defensa lleva, habilita para una detensión, acudamos al diccionario de de los derechos y las libertades ción preventiva que no tiene que la academia. La segunda acepfrente a los totalitarios. Será eso realizarse necesariamente en ción dice: «Que se está ejecuo no será nada. • instalaciones policiales. Insisto tando actualmente». Para aclaen que el artículo 20 no contemrarlo más, la tercera acepción Alfredo Tinwrmans es abogado.