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Álvaro D'Ors

Rafael Domingo

Una retrospectiva de la vida de Alvaro D'Ors, historiador de la Antigüedad, filósofo del Derecho, jurista, humanista crítico y entregado en su profesión.

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Referencia

Rafael Domingo, “Álvaro D'Ors,” accessed April 16, 2024, http://repositorio.fundacionunir.net/items/show/3376.

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Title

Álvaro D'Ors

Subject

In memoriam

Description

Una retrospectiva de la vida de Alvaro D'Ors, historiador de la Antigüedad, filósofo del Derecho, jurista, humanista crítico y entregado en su profesión.

Creator

Rafael Domingo

Source

Nueva Revista 095 de Política, Cultura y Arte, ISSN: 1130-0426

Publisher

Difusiones y Promociones Editoriales, S.L.

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Nueva Revista de Política, Cultura y Arte, All rights reserved

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es

Type

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IN MEMOR1AMAlvaro dOrsR A F A E L D O M I N G O CATEDRÁTICO DE DERECHO ROMANOPatriarca del Derecho romano en España, jurista original, humanista crítico entregado al oficio universitario, que amó apasionadamente, epigrafista, papirólogo, historiador de la Antigüedad y filósofo de! Derecho, con sufrontis auctoritas, ardor ocuíorum ypraestantia gestas personificabaDOrs [a misma idea de cultura. De educación acfpica e irregular, debido a su resistencia a la escolarización, gustaba de recordar el día en que, ya con seis años,su madre, María PérezPeix, esculAlvaro dOrs. 19152004tora, le enseñó a leer en una tarde. Esto le permitió sumergirse en lavoluminosa biblioteca de su padre, en la que pasó muchas horas aprovechando los frecuentes viajes de Xénius. No es de extrañar, pues, que, en este ambiente familiar, DOrs fortaleciera su propio temperamento esteticista, y que años después afinnara que el torno de alfarero, las colecciones de insectos, el dibujo de mapas y las traducciones (ya de niño aprendió catalán, francés e inglés) contribuyeran definitivamente en su primera formación.NUEVA Rf VI STA 9? 5EPTIEMB REOCTUBRE 200tCon el traslado de la familia a Madrid en 1923, Alvaro dOrs se escolarizó en la preparatoria del Instituto Escuela, donde conoció y se educó con los hijos de los más influyentes intelectuales de la época. La atracción por la belleza clásica embriaga su época de adolescente. En efecto, en 1931, pasa el verano en Londres, donde sus visitas diarias al Museo Británico le convierten al mundo clásico. Mucho influyó en esta decisión la famosa «Oda a la urna griega», de John Keats, poeta que ocupó entonces un puesto de honor en sus lecturas.Comenzada la carrera de Derecho en el curso 193233, su interés por el mundo clásico le llevó a intensificar el estudio del Derecho Romano, animado por José Castillejo. Empezó entonces a trabajar en el Centro de Estudios Históricos, donde el profesor italiano Giuliano Bonfante se había encargado de promover los estudios clásicos. Tras la guerra civil, en el mismo año 1939, asumió parte de la docencia en la Universidad Central, de cuya cátedra de Derecho Romano se encargaba Ursicino Álvarez, excedente de Murcia. En 1940, se trasladó DOrs a Roma para ampliar estudios de Derecho Romano bajo la dirección de Emilio Albertario. Allí elaboró una gran parte de su tesis doctoral sobre la Constitutio Antoniniana, que fue leída en Madrid, en 1941, y galardonada con el premio extraordinario de doctorado.Durante esos años de docencia en Madrid, trabajó asiduamente en el Instituto Nebrija de Estudios Clásicos, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Fue entonces cuando, estimulado por el tema de su tesis doctoral, se dedicó con interés a la papirología, en la que es reconocido como precursor dentro del ámbito español. La ocasión de poder estudiar y publicar los nuevos fragmentos de Eí Rubio, de la ley colonial de Osuna, le adentró en el campo de la epigrafía. Asimismo, trabajó en el Instituto Nacional de Estudios Jurídicos, y especialmente enla redacción del Anuario de Historia del Derecho Español, de cuyo consejo de redacción formó parte hasta 1984. Fue miembro también de losconsejos de redacción de Emérita, 1VRA, Revista de Estudios HistóricoJurídicos y de la Revue Internationale des Droits de lAntiquité.En 1943 publicó sus Presupuestos críticos para el estudio del Derecho Romano, que, aunque calificado diminutivamente por él mismo de «librilloNUEVA REVISTA 95 • SEPTIEMBREOCTUBRE 2004[ 63 ]Rafael Domingoprogramático», fue, junto con el Horizonte actual del Derecho Romano(1944) de Ursicino Álvarez, la obra que, tras la guerra civil española, marcó unnuevo rumbo a los estudios romanísticos en España. A partir de ese momento centró suatención investigadora en la crítica palingenésica y en el sistema deacciones romano. En diciembre deese mismo año, ganó por oposición la cátedra de Derecho Romano de Granada, pero, yaen el verano de 1944, setrasladó por permuta a la de Santiago de Compostela. Allí conoció y secasó, en 1945, conPalmira Lois,de la que nacieron once hijos. Desde Santiago, acudió regularmente, hasta 1948, a la Universidad de Coimbra, para impartir seminarios romanísticos. Esta reiterada colaboración con la universidad portuguesa culminó años más tarde conel doctorado honoriscausa (1983). Recibió también esta distinción académica en la Universidad de Toulouse (1972) y en la Universidad de RomaLa Sapienza (1996). A su época santiaguesa corresponden obras señeras como suEpigrafía jurídicade la España romana (1953) o su edición delCódigo de Eurico (1960). En 1954, fue galardonado con el Premio Nacional de Literatura por suobra Dela guerra y déla pazDesde sucreación en 1953 fuedirector del Istituto Giuridico Spagnolo en Roma, dependiente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Durante los veinte años que ocupó este cargo, sindejar su cátedra, viajó con regularidad aRoma con el fin deatender la supervisión de los trabajos que allí hacían los pensionados. A esa época corresponde el aumento de sucolaboración en la revista Studia et Documenta Historiae et luris, especialmente por lacrónica de Epigrafía jurídica griega y romana que, durante esos veinte años, escribió trienalmente en esa publicación. Por elInstitutojurídico Español pasaron como becarios muchos jóvenes juristas españoles, buena parte de los cuales fueron accediendo después a cátedras de las más variadas especialidades jurídicas.En 1961 se incorporó a la recién creada Universidad de Navarra, a cuyo fundador, san Josemaría Escrivá, conoció y trató ya en losaños cuarenta. Suentonces novedoso espíritu desantificación en medio del mundo caló muy hondo en su alma. Enla Universidad deNavarra permaneció hasta su jubilación oficial en 1985 como ordinario de Derecho[ 64 ]NUEVA REVISTA 95 • SEPTIEMBREOCTUBRE 2004In memoriamde A l v a r o dOrs (1915 2004)romano y posteriormente como profesor honorario (19851993). Durante los diez primeros años estuvo encargado de la organización de las nuevas bibliotecas de esta universidad, culminando así lo que había sido un quehacer constante de toda su vida académica. Fruto de este trabajo es su obra Sistema de las Ciencias (19691977). Sus servicios universitarios fueron reconocidos con la medalla de oro de la Universidad de Navarra (1990).Los cuarenta años de Pamplona están marcados por la constante puesta al día de su Derecho Privado Romano, manual que sirvió de estímulo científico al propio DOrs para superar nociones establecidas y aceptadas por la comunidad científica internacional. En efecto, el cotejo de las nueve ediciones de este importante libro, obra de referencia mundial, con el que se han formado millares de juristas, es expresión de la capacidad autocrítica del autor, así como de la solidez de sus posiciones en los temas más discutidos por la ciencia romanística. Particular atención merecen también sus investigaciones palingenésicas sobre el Edicto Perpetuo —cuya revisión de Otto Lenel no aceptó como definitiva—, su teoría del creditum, sus escritos sobre legislación municipal, a partir del descubrimiento, en El Saucejo, cerca de Sevilla, en 1981, de la kx Imitana, y su comentario sobre Las Quaestiones de Africano (1997), su última obra romanística. Algunas de sus principales aportaciones a la Historia del Derecho propiamente dicha fueron recogidas en su libro de colectánea Parerga histórica (1997). Durante los años previos a la promulgación de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, de 1973, intervino muy activamente en las labores legislativas.Su pasión por la búsqueda de la verdad le llevó a cultivar también la filosofía y la teoría del Derecho. Con todo, las claves de su Weltanschauung, como la distinción entre auctoritas y potestas, persona y sujeto, su teoría de la representación, el valor de la naturaleza de las cosas, la importancia del concepto de servicio como quicio del Derecho, por citar algunos ejemplos, tienen siempre un origen romanístico. En filosofía política criticó la secularización europeizante, e —influido sobre todo por Cari Schmitt, Michel Villey y Max Weber— denunció el concepto de Estado y el consumismo capitalista, que consideró efectos de la revoluciónNUEVA REVISTA 95 • SEPTIEMBREOCTUBRE 2004[ 65 ]Rafael Domingoprotestante. De estos tres autores, Cari Schmitt ha sido quien más ha contribuido —por contraste— a configurar su pensamiento. En efecto, en tanto Schmitt fundamentó su teoría del nomos en los principios de territorialidad y potestad, DOrs optó por los principios de personalidad y autoridad. Esta distinción entre autoridad —saber socialmente reconocido— y potestad —poder socialmente reconocido— constituye una de las principales aportaciones de DOrs a la filosofía social. A su vez, frente alhomo homini lupus moderno, propuso DOrs el homo homini persona, principio que, a mi entender, constituye un firme cimiento del nuevo Derecho global. A la tríada revolucionaria «libertad, igualdad, fraternidad», opuso DOrs una antagónica: «responsabilidad, legitimidad, paternidad».En el campo de la teoría del Derecho, Alvaro dOrs fue un precursor de lo que podríamos denominar «estética jurídica», al concebir el Derecho como un juego de posiciones: la «posición justa». En efecto, haciendo caso omiso de concepciones logicistas y racionalistas, DOrs se enfrenta al Derecho desde la estética, que posteriormente trasciende con su concepción judicialista, reflejada en la fórmula «Derecho es lo que aprueban los jueces». Pocos años antes de su muerte, completando su propia teoría jurídica, definió el Derecho como el conjunto de «servicios socialmente exigibles», cambiando así la perspectiva subjetivista desde la que se viene contemplando el Derecho desde la Ilustración. El pensamiento de DOrs sobre el concepto de Derecho está básicamenterecogido en Nueva introducción al estudio del Derecho (1999) y en Dere* cho y sentido común (20013).Alvaro dOrs falleció cristianamente en Pamplona, rodeado del cariño de su numerosa familia, el día 1 de febrero de 2004, a los ochenta y ocho años de edad. «• RAFAEL DOMINGONUEVA REVISTA 95 • SEPTIEMBREOCTUBRE 2004